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A partir del año que viene las empresas obligatoriamente tendrán que presentar facturas electrónicas a las administraciones

La medida, por ahora, no obliga al colectivo de autónomos

La Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público pretende que a partir del 15 de Enero de 2015, las facturas que se emitan a la administración sean facturas electrónicas y se comuniquen a través de un registro de recepción administrativo de este tipo de facturas.

No será obligatorio para los autónomos personas físicas.

Quienes sí estarán obligados a la presentación de facturas electrónicas a través de un único punto de registro serán las siguientes entidades, Sociedades anónimas; Sociedades de responsabilidad limitada; Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español; Uniones temporales de empresas; Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de titulación (utilización) de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

Las administraciones que las van a exigir son, La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local. Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, Universidades públicas, determinadas entidades de derecho público vinculadas a una o varias Administraciones Públicas o dependientes de las mismas que cumplan alguna de las características siguientes·

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