David Mayo del bufete de abogados ·»Mayo, Pintado y García·- (Oviedo)

Dos firmas de bufetes de abogados asturianos promueven una Plataforma de Afectados para pleitear contra la aplicación de las cláusulas bancarias abusivas.

El objetivo de la Plataforma es la presentación de una Demanda Colectiva en la que estarán incluidas tanto personas físicas (autónomos, profesionales) como jurídicas

En esta ocasión nos entrevistamos con el abogado David Mayo del bufete ovetense especializado en derecho bancario ·»Mayo, Pintado y García·- que de manera coordinada junto a la firma ·»Espacio Legal·- de Gijón, han creado una Plataforma de Afectados por las cláusulas abusivas bancarias al objeto de conseguir mediante una Demanda Colectiva, la anulación de, entre otras cuestiones, la aplicación de las llamadas cláusulas suelo-techo y la devolución de las cantidades pagadas por los afectados hasta la fecha.

1.P.- ¿que le ha motivado a la presentación de dicha demanda colectiva?

R.- La actual crisis internacional cuyo detonante a nivel bancario ha tenido como punto de partida, entre otros, la quiebra del Lehman Brothers, ha generado la aparición de numerosos productos bancarios que se han vendido de forma masiva a los clientes de diferentes entidades financieras, productos que en la mayoría de los casos están siendo calificados como nulos e inapropiados para el tipo de cliente bancario que se ha vendido. Entre otros estamos hablando de swaps, participaciones preferentes, inversiones en mercados secundarios, productos estructurados, etc…
Desgraciadamente, en el momento en que la tendencia de los tipos de interés empieza a derrumbarse información en la que muy a pesar de lo que manifiestan las entidades bancarias, no hay nadie mejor que ellas para que conociesen las tendencias de evolución de tipos, empiezan a proliferar las denominadas cláusula suelo y techo en diferentes productos bancario-financieros, entre ellos las hipotecas. El perjuicio que en la desproporción que se genera al determinar unas diferencias tan abismales entre suelos establecidos, entre el 3 y el 5 por cierto, y techos que en algunos casos superan el 15% nos lleva nuevamente a considerar un nuevo abuso bancario que desde luego y en interés de todos los operadores y clientes nos interesa corregir.

2. P.- ¿que diferencia hay entre esta demanda colectiva y otras demandas presentadas solicitando la nulidad de las cláusulas suelo y techo?

R.- La diferencia estriba radicalmente en nuestros despachos, pioneros en la obtención de sentencias favorables en estas materias, y no constituirse éstos como asociación de consumidores y usuarios, nos permite ejercitar estas acciones judiciales de anulación de las cláusulas suelo tanto a favor de las personas físicas, como de aquellos autónomos, profesionales o personas jurídica, que estén afectados en sus hipotecas o diferentes productos bancarios con este tipo de cláusulas.

3. P.- ¿frente a cuantas entidades bancarias se presentara dicha demanda colectiva?¿como puede se pueden adherir las personas a dicha demanda?¿esta demanda englobará a todas las personas físicas y jurídica del territorio nacional?

R.- Se demandará a todas aquellas entidades bancarias que hayan introducido este tipo de cláusulas en los contratos litigiosos, teniendo la intención desde nuestros despachos de englobar en cuanto a personas físicas y jurídica hayan sido afectadas en todo el territorio nacional.

En estos momentos se ha preparado una plataforma de afectados en la que los próximo días tendremos toda la información colgada en nuestra pagina web, así como en la red social de facebook, razón por la cual todos aquellos afectados por las cláusulas que deseen adherirse a dicha demanda colectiva, podrán obtener información puntual sobre dichos aspectos.

No obstante, ya te avanzo que el coste, serán 400 euros, pago único, en el que se incluyen, 1ª Instancia, Audiencia Provincial, Tribunal Superior, honorarios de procurador y honorarios de abogado.

4. P.- ¿que opinión le merecen las ultimas resoluciones judiciales tanto a favor como en contra de la anulación de este tipo de cláusulas en los contratos bancarios?

R.- Cualquier decisión judicial desde luego nos merece el total absoluto respeto. Si bien las dos primeras resoluciones judiciales favorables a la anulación de este tipo de cláusulas dictadas por los juzgados de Sevilla y de León, se han convertido en resoluciones judiciales muy meritorias y valientes en un contexto como el que nos esta tocando vivir, resoluciones que vuelven a poner en tela de juicio el incorrecto actual de las entidades financieras frente a sus clientes; por contra nos encontramos con una sentencia de la AP de Sevilla que legitima dichas cláusulas, sentencia que si bien supone un jarro de agua fría a las pretensiones de miles de clientes afectados por este tipo de cláusulas, no por ello nos debe de hacer retroceder en nuestro empeño de luchar por aquello que consideramos justo y que no es mas que conseguir que se declaren abusivas unas cláusulas impuestas unilateralmente por una entidad bancaria aprovechándose de un contexto económico que en vez de beneficiar al cliente bancario lo que hace en muchos casos es oprimirle y perjudicarle económicamente.

Por esta razón y entendiendo que tres sentencias dos de ellas en primera instancia y en cualquier caso todo ello susceptible de ser recurrido ante el Tribunal Supremo no debe de ser óbice para ejercitar todas aquellas acciones legales que permitan, restablecer unas verdaderas y leales reglas de juego así como una confianza cierta entre las relaciones banco-cliente, cliente-banco, persona física o persona jurídica.

Para mayor información pueden consultar la página www.mpgabogados.com

O bien pueden ponerse en contacto con David Mayo en mpgabogados@yahoo.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar

Menú

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Al pulsar Acepto consiente dichas cookies. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, pulsando en Más información

Cerrar