NO AL CERROJAZO
Presentación de la Plataforma de los afectados por el final de la prórroga de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos para los alquileres conocidos como de ·»renta antigua·-
Si nada lo impide, el día 1 de Enero de 2015, inevitablemente, se producirá el cierre masivo de miles de empresas fuertemente arraigadas, que se verán obligadas a negociar un nuevo contrato de arrendamiento, con un incremento de renta de tal magnitud, que en el contexto actual de profunda y persistente crisis económica, harán inviable su supervivencia. Las consecuencias van a ser:
– Cierre en España de más de 100.000 empresas de, al menos, 30 años de antigüedad, que han participado en el desarrollo histórico, social y económico de las ciudades.
– Más de 300.000 personas, de edad media avanzada, se verán avocadas a la pérdida de su puesto de trabajo.
– Desertización de las ciudades con la consiguiente degradación urbanística de sus principales ejes comerciales.
– Se perderá la personalidad de la ciudad y, por tanto, su atractivo turístico se verá mermado por la desaparición de comercios especializados y una estandarización de la oferta comercial.
– El consumidor perderá la atención personalizada, sufrirá un encarecimiento de los precios y verá limitada su posibilidad de compra de proximidad.
Para impedir todo esto, desde UPTA se está trabajando para instar al gobierno a aprobar las siguientes modificaciones de la Disposición Transitoria Tercera de la LAU 29/1994:
– Régimen transitorio de estos contratos de arrendamiento de local de negocio consistente en una nueva moratoria de diez años en todos los casos.
– Actualización de la renta por la diferencia entre, por un lado, el incremento de los últimos veinte años del IPC de arrendamientos urbanos a 31/12/2014 y, por otro, el incremento del IPC general ya aplicado. A partir de esta fecha se utilizaría como índice corrector el referido IPC de arrendamientos urbanos anual corriente.
– La indemnización recogida en la disposición transitoria 3, apartado 10, letra E, sería de 18 mensualidades de la renta rechazada por el inquilino, en todos los casos.
– El arrendador se verá obligado a presentar una oferta al arrendatario en los 30 días siguientes al fin de la moratoria.
– Línea oficial de crédito para el traslado, reforma y adaptación de locales para empresas afectadas por la finalización de la moratoria, durante la prórroga de la misma, en atención a la situación de grave crisis económica, asociada a los efectos del fin de la moratoria contemplada en la presente Ley.
– Elaboración, en el plazo de seis meses, un plan de protección integral del patrimonio comercial histórico proponiendo, con respeto a las competencias autonómica y locales en la materia, las medidas que se consideren adecuadas a fin de preservar la identidad del paisaje comercial urbano de nuestras ciudades.
UPTA Aragón presentará la plataforma de afectados de alquileres comerciales de renta antigua a lo largo de la semana próxima. A su vez pondráa un asesor especializado para atender las consultas de los afectados.
Si eres afectado o quieres ampliar información ponte en contacto a través del siguiente correo electrónico: comunicacion@upta-aragon.es
Documento ampliado: No al cerrojazo
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