Presentación de la Plataforma de los afectados por el final de la prórroga de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos para los alquileres conocidos como de ·»renta antigua·-

Si nada lo impide, el día 1 de Enero de 2015, inevitablemente, se producirá el cierre masivo de miles de empresas fuertemente arraigadas, que se verán obligadas a negociar un nuevo contrato de arrendamiento, con un incremento de renta de tal magnitud, que en el contexto actual de profunda y persistente crisis económica, harán inviable su supervivencia. Las consecuencias van a ser:
Cierre en España de más de 100.000 empresas de, al menos, 30 años de antigüedad, que han participado en el desarrollo histórico, social y económico de las ciudades.
– Más de 300.000 personas, de edad media avanzada, se verán avocadas a la pérdida de su puesto de trabajo.
Desertización de las ciudades con la consiguiente degradación urbanística de sus principales ejes comerciales.
– Se perderá la personalidad de la ciudad y, por tanto, su atractivo turístico se verá mermado por la desaparición de comercios especializados y una estandarización de la oferta comercial.
– El consumidor perderá la atención personalizada, sufrirá un encarecimiento de los precios y verá limitada su posibilidad de compra de proximidad.

Para impedir todo esto, desde UPTA se está trabajando para instar al gobierno a aprobar las siguientes modificaciones de la Disposición Transitoria Tercera de la LAU 29/1994:

– Régimen transitorio de estos contratos de arrendamiento de local de negocio consistente en una nueva moratoria de diez años en todos los casos.
– Actualización de la renta por la diferencia entre, por un lado, el incremento de los últimos veinte años del IPC de arrendamientos urbanos a 31/12/2014 y, por otro, el incremento del IPC general ya aplicado. A partir de esta fecha se utilizaría como índice corrector el referido IPC de arrendamientos urbanos anual corriente.
– La indemnización recogida en la disposición transitoria 3, apartado 10, letra E, sería de 18 mensualidades de la renta rechazada por el inquilino, en todos los casos.
– El arrendador se verá obligado a presentar una oferta al arrendatario en los 30 días siguientes al fin de la moratoria.
– Línea oficial de crédito para el traslado, reforma y adaptación de locales para empresas afectadas por la finalización de la moratoria, durante la prórroga de la misma, en atención a la situación de grave crisis económica, asociada a los efectos del fin de la moratoria contemplada en la presente Ley.
– Elaboración, en el plazo de seis meses, un plan de protección integral del patrimonio comercial histórico proponiendo, con respeto a las competencias autonómica y locales en la materia, las medidas que se consideren adecuadas a fin de preservar la identidad del paisaje comercial urbano de nuestras ciudades.

UPTA Aragón presentará la plataforma de afectados de alquileres comerciales de renta antigua a lo largo de la semana próxima. A su vez pondráa un asesor especializado para atender las consultas de los afectados.

Si eres afectado o quieres ampliar información ponte en contacto a través del siguiente correo electrónico: comunicacion@upta-aragon.es

Documento ampliado: No al cerrojazo

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