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Subvención «Programa Investigo»

ORDEN EPE/1982/2022, de 23 de diciembre, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, desti­nadas a la financiación del “Programa Investigo”, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN

Es objeto convocar, para el ejercicio 2023, las subvenciones reguladas en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa Investigo”, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo, de 16 o más años y que no hayan cumplido 30 años en el momento de comenzar la relación contractual, por los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro como fundaciones, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, en la realización de iniciativas de investigación e innovación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BENEFICIARIOS

a) Organismos públicos y entidades de derecho público dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los centros de investigación de carácter público que tengan entre sus fines la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la transferencia de conocimientos, previstos en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón.

b) Universidad de Zaragoza, sus institutos universitarios, y las universidades privadas de la Comunidad Autónoma de Aragón con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

c) Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i y que se encuentren implantadas y realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

d) Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial, que se encuentren implantados y realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

e) Centros Tecnológicos de ámbito autonómico y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito autonómico que estén inscritos en el registro de centros.

f) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.

g) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.

h) Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

i) Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.

OCUPACIONES DE PREFERENTE COBERTURA Y ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), así como digitalización de servicios y “data science”.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, la actividad subvencionada consistirá en la contratación de personas jóvenes de acuerdo con la legislación vigente, para el desarrollo y ejecución de las funciones, tareas e iniciativas de investigación e innovación, que sean competencia de las entidades y centros beneficiarios dentro del “Programa Investigo”.

TIPO DE SUBVENCIONES PÚBLICAS Y DURACIÓN

1. Subvenciones destinadas a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación.

2. Ayudas al desplazamiento por persona contratada, cuando estas tengan residencia en provincia diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo.

La duración de los contratos a subvencionar será de un mínimo de 12 meses. Los contratos objeto de subvención habrán de ser a tiempo completo y se realizarán conforme a la normativa laboral vigente.

CUANTÍAS

La concesión de las subvenciones, así como su justificación, se realizará a través del régimen de módulos considerando el coste unitario por persona contratada participante, el importe de esta subvención se calculará en función del módulo según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda:

1. Subvenciones de costes laborales y salariales:

    Grupos de cotización 1 al 4           2.759,07€  (anualidad: 33.108,84€)

    Grupos de cotización 5 al 9           1.867,16€  (anualidad: 22.405,92€)

2. Ayudas al desplazamiento por persona contratada: tiene la consideración de módulo la cantidad a tanto alzado de 1.000€ al año por persona contratada.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo para la presentación de las solicitudes de Subvención será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden de convocatoria (hasta el 9 de febrero de 2023).

En el siguiente enlace podrán encontrar los formularios necesarios para realizar la solicitud o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 6682 del «Programa Investigo».

Mientras que para las Ayudas de desplazamiento será de quince días a contar desde la fecha de inicio del contrato subvencionado conforme al modelo normalizado en este enlace.

SELECCIÓN DE PERSONAS A CONTRATAR

En su momento se procederá a la presentación de oferta de empleo, previa a la contratación ante el Instituto Aragonés de Empleo, con una antelación de 15 días a la fecha prevista de inicio del contrato.


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