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Subvenciones a Inversiones para mejorar la Eficiencia Energética en Oficinas y Locales de Autónomos y de Pequeñas Empresas de Zaragoza – Ayuntamiento de Zaragoza
OBJETO
- subvencionar actuaciones (obras e inversiones) que consigan una mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida reduciendo las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final mediante la obtención la certificación energética.
BENEFICIARIOS:
- Autónomos y pequeñas empresas (aquella que tenga menos de 10 trabajadores a tiempo completo el día que se presente la solicitud. Los trabajadores a tiempo parcial se contabilizarán se contarán en la misma proporción que el horario que tengan (por ejemplo, un trabajador contratado a media jornada contará como 0,5 trabajadores) de la ciudad de Zaragoza que dispongan de un local u oficina donde desarrollan su actividad ubicado dentro del término municipal de Zaragoza que realicen durante el año 2022 inversiones que encajen en las descritas en la base Sexta.
- Deberán además reunir los requisitos establecidos en el art. 11 de la Ordenanza General Municipal de subvenciones.
- Cada solicitante podrá presentar una propuesta que podrá incluir una o varias de las actuaciones descritas en la base Cuarta.
- El solicitante debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Ayuntamiento de Zaragoza y la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. Desde UPTA Aragón se presta un servicio de SEGUNDA OPORTUNIDAD para estudiar tu caso si te están requiriendo algún tipo de deuda. Pide cita sin compromiso.
COSTE ELEGIBLE
- Aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de esta convocatoria que podrán incluir:
- los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 50 % de la inversión elegible
- los costes de montaje de las instalaciones necesarias para el funcionamiento de la actuación (electricidad, fontanería, albañilería, etc), siempre que no supere el 50 % de la inversión elegible
- los costes de los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias para obtener el objetivo de mejora de eficiencia energética.
- Algunos ejemplos de actuaciones subvencionables son:
- Instalaciones de autoconsumo de electricidad
- Cambio de bombas de calor, calderas u otros sistemas de calefacción o refrigeración por otros equipos de mayor eficiencia
- Cambio de luminarias halógenas o similares por luminarias tipo led.
- Cambio de puertas y ventanas que minimicen las pérdidas de aire caliente en invierno o de aire frio en verano.
- Instalación de aislamientos térmicos en techo o paredes del local u oficina.
- El adjudicatario de subvención deberá destinar los bienes al objeto de la subvención durante 2 años o 5 en el caso de bienes objeto de inscripción e un registro público.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
- Anexo 1.- Solicitud cumplimentada, según modelo normalizado. La firma del Anexo 1 supone la declaración responsable del solicitante de que cumple los requisitos específicos de la convocatoria, así como, los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones para tener la condición de beneficiario y en concreto de no estar incursos en ninguno de los supuestos señalados en los artículos 11.2 y 11.3 de la citada Ordenanza. En el anexo 1 se incluye la autorización para que el Ayuntamiento solicite los certificados de estar al corriente de pagos con AEAT, Seguridad Social, Gobierno de Aragón y el propio Ayuntamiento. En caso de no autorizar, el solicitante deberá presentarlos. La firma del Anexo 1 sirve como declaración responsable acreditativa de que el solicitante reúne los requisitos específicos de esta convocatoria.
- Anexo 2.- Memoria explicativa de las actuaciones para las que se solicita la subvención. Se podrá adjuntar documentación complementaria de las actuaciones ya desarrolladas o presupuestos de las acciones a desarrollar.
- Anexo 3.- Ficha de terceros: Certificación bancaria de titularidad de cuenta salvo que ya exista en el Ayuntamiento y no hayan sido objeto de modificación.
- Anexo 4.- Declaración de concurrencia de subvenciones.
- DNI o NIF: Documento de Identificación fiscal ya sea DNI (autónomos) o NIF (pequeñas empresas).
- En el caso de que el solicitante sea una pequeña empresa (sociedad mercantil) se presentarán las escrituras de constitución.
- En el caso de que el solicitante sea una pequeña empresa o un autónomo con trabajadores. se presentará un listado de los trabajadores contratados en el día de la solicitud. Se deberá indicar los trabajadores a tiempo parcial, indicando el horario con el que están contratados.
- Certificado de eficiencia energética elaborado de eficiencia energética elaborado por empresa o técnico cualificado donde se indique la situación actual y la situación que se espera obtener con las actuaciones propuestas. En el proceso de justificación de la subvención se deberá presentar el certificado de eficiencia energética con una vez realizadas las actuaciones.
IMPRESOS RELACIONADOS
- 1. Subvenciones Eficiencia Energética: Solicitud
- 2. Subvenciones Eficiencia Energética: Memoria Explicativa
- 3. Subvenciones Eficiencia Energética: Ficha Terceros
- 4. Subvenciones Eficiencia Energética: Declaración de concurrencia
- 5. Subvenciones Eficiencia Energética: Justificación
- 6. Subvenciones Eficiencia Energética: Memoria justificativa económica
- 7. Subvenciones Eficiencia Energética: Listado de gastos y facturas
- 8. Subvenciones Eficiencia Energética: Declaración responsable IVA
CANTIDADES
- La cantidad máxima a conceder no podrá superar el 80% del presupuesto presentado, con el límite de 25.000 €.
- La cantidad mínima a otorgar será de 5.000 euros, quedando excluidos aquellas solicitudes cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos en la base undécima.
- El IVA (impuesto sobre el valor añadido) no es subvencionable.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
- El plazo de presentación de solicitudes será 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el B.O.P.Z. (BOPZ de 14.11.2022)
- El plazo de presentación del 15 al 28 de noviembre de 2022, a las 23:59:59.
NORMATIVAS
- Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público
- Bases de Subvenciones a Inversiones para mejorar la Eficiencia Energética en Oficinas y Locales de Autónomos y de Pequeñas Empresas de Zaragoza, 2022
MÁS INFORMACIÓN
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