Ayudas a PYMES para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior

Las actuaciones subvencionables se destinarán a financiar las siguientes actividades:Participación en misiones comerciales o ferias. La participación por parte de los beneficiarios en acciones presenciales o virtuales de prospección comercial, directas o inversas, y presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional. El reconocimiento como feria internacional está regulado por el Real Decreto 2621/1983, de 29 septiembre, sobre ferias internacionales, publicado en el BOE (Nº 241) de 8 de octubre de 1983. Aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación. Mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora.
Plazo presentación de solicitudes hasta el 14/09/2023
Las actuaciones subvencionables se destinarán a financiar las siguientes actividades:
1. Participación en misiones comerciales o ferias. La participación por parte de los beneficiarios en acciones presenciales o virtuales de prospección comercial, directas o inversas, y presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional. El reconocimiento como feria internacional está regulado por el Real Decreto 2621/1983, de 29 septiembre, sobre ferias internacionales, publicado en el BOE (Nº 241) de 8 de octubre de 1983.
2. Aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación.
3. Mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora.
Requisitos
- Beneficiarios: las pequeñas o medianas empresas que tengan su domicilio fiscal en Aragón o desarrollen una actividad industrial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.
- El periodo de gasto y de pago de las actuaciones subvencionables comprenderá desde el 15 de septiembre de 2022 y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.
- El gasto máximo subvencionable no podrá ser superior a 25.000 euros por beneficiario
Normativa
- Orden ICD/387/2023, de 21 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2023 ayuda para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior en la Comunidad Autónoma de Aragón, realizadas por PYMES aragonesas
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones
- Orden ICD/603/2021, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos de comercio exterior, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
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