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Subvenciones para el apoyo al trabajador autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad 2026
Desde UPTA Aragón os informamos de la publicación de la Convocatoria pública de subvenciones para el apoyo al autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad para 2026.
Esta línea de ayudas, impulsada por el Ayuntamiento de Zaragoza (Oficina del Impulso al Autónomo) donde UPTA Aragón tiene participación directa, tiene como objetivo fomentar el tejido empresarial local mediante el apoyo al autoempleo, ya sea mediante el inicio de una nueva actividad o el relevo (traspaso o venta) de un negocio existente.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que se den de alta como autónomos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026, siempre que cumplan los siguientes requisitos generales:
- Tener el domicilio social y al menos un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza.
- Poseer un plan de empresa de la actividad proyectada (puedes contar con el apoyo de UPTA Aragón para su elaboración).
- La actividad debe desarrollarse en un local comercial, nave o taller independiente.
- Compromiso de mantener el alta en autónomos y en el Censo de Empresarios durante al menos 2 años.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (te recordamos que en UPTA Aragón disponemos de un servicio de Segunda Oportunidad para el tema de deudas).
Cuantía de la subvención
La ayuda se calcula en función de la inversión y gasto inventariable detallado en tu plan de empresa:
- Inversión entre 4.000 € y 6.000 €: 3.000 €
- Inversión entre 6.000,01 € y 10.000 €: 5.000 €
- Inversión entre 10.000,01 € y 15.000 €: 8.000 €
- Inversión superior a 15.000 €: 10.000 €
Bonificaciones adicionales:
- +1.000 € si procedes de cursos de formación para el empleo del IMEFEZ (duración > 100h).
- +1.000 € en los casos de relevo de actividad (traspaso o venta).
Importante: La subvención no podrá superar el 80% de los gastos de inversión presentados.
Plazos y presentación
- Plazo: Las solicitudes se pueden presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.P.Z. y hasta el 31 de octubre de 2026, o hasta agotar el crédito disponible.
- Procedimiento: La presentación debe realizarse de forma telemática a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza.
- Concesión: Se trata de un procedimiento de concurrencia simplificada con prelación temporal (orden de llegada de solicitudes completas).
Documentación para la solicitud
- Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación (resaltado en negrita lo que se debe presentar si todavía no te has dado de alta como autónomo):
- a) Solicitud cumplimentada según modelo que incluyen como anexo. La firma de la solicitud supone la declaración responsable del solicitante de que cumple los requisitos específicos de la convocatoria y los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones para tener la condición de beneficiario y en concreto de no estar incurso en ninguno de los supuestos señalados en los artículos 11.2 y 11.3 de la citada Ordenanza. En la solicitud se incluye la autorización para que el Ayuntamiento solicite los certificados de estar al corriente de pagos con AEAT, Seguridad Social, Gobierno de Aragón y el propio Ayuntamiento. En caso de no autorizar, el solicitante deberá presentarlos. Se adjuntará documentación complementaria necesaria para poder valorar el desarrollo de las acciones indicadas en la solicitud y el presupuesto detallado de todas las acciones a realizar. En dicha solicitud se indicará si se ha solicitado subvención al Ayuntamiento o a otra entidad para las acciones indicadas.
- b) Fotocopia del DNI/NIE
- c) Plan de empresa del negocio a iniciar o relevar realizado por UPTA Aragón, entidad reconocida que realiza planes de empresa.
Respecto a este punto, puedes enviar tu plan de empresa o borrador de plan de empresa a asesoria@upta-aragon.es con el fin de poder validarlo.
- d) Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (si se dispone a fecha de solicitud).
- e) Certificado censal de AEAT (si se dispone a fecha de solicitud).
- f) Contrato de alquiler, compraventa local, o cualquier otro documento probatorio de ubicación en inmuebles definidos en base cuarta.
- g) Licencia municipal de actividad, cambio de titularidad de negocio o cualquier otro documento necesario para el ejercicio de la actividad, en su caso.
- h) Título de los cursos de formación para el empleo del IMEFEZ; en su caso.
Para más información
UPTA Aragón te ofrece la ayuda que necesitas para poder gestionar estas subvenciones.
976 34 81 60
recepcion@upta-aragon.es
¿Dónde estamos?
Dirección: C/ Barcelona, 74 Local
Código Postal: 50017
Población: Zaragoza
Teléfono: 976 34 81 60
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