1. Portada
  2. Actualidad
  3. Subvenciones para el apoyo al trabajador autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad 2026

Subvenciones para el apoyo al trabajador autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad 2026

Desde UPTA Aragón os informamos de la publicación de la Convocatoria pública de subvenciones para el apoyo al autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad para 2026.

Esta línea de ayudas, impulsada por el Ayuntamiento de Zaragoza (Oficina del Impulso al Autónomo) donde UPTA Aragón tiene participación directa, tiene como objetivo fomentar el tejido empresarial local mediante el apoyo al autoempleo, ya sea mediante el inicio de una nueva actividad o el relevo (traspaso o venta) de un negocio existente.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que se den de alta como autónomos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026, siempre que cumplan los siguientes requisitos generales:

  • Tener el domicilio social y al menos un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza.
  • Poseer un plan de empresa de la actividad proyectada (puedes contar con el apoyo de UPTA Aragón para su elaboración).
  • La actividad debe desarrollarse en un local comercial, nave o taller independiente.
  • Compromiso de mantener el alta en autónomos y en el Censo de Empresarios durante al menos 2 años.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (te recordamos que en UPTA Aragón disponemos de un servicio de Segunda Oportunidad para el tema de deudas).

Cuantía de la subvención

La ayuda se calcula en función de la inversión y gasto inventariable detallado en tu plan de empresa:

  • Inversión entre 4.000 € y 6.000 €: 3.000 €
  • Inversión entre 6.000,01 € y 10.000 €: 5.000 €
  • Inversión entre 10.000,01 € y 15.000 €: 8.000 €
  • Inversión superior a 15.000 €: 10.000 €

Bonificaciones adicionales:

  • +1.000 € si procedes de cursos de formación para el empleo del IMEFEZ (duración > 100h).
  • +1.000 € en los casos de relevo de actividad (traspaso o venta).

Importante: La subvención no podrá superar el 80% de los gastos de inversión presentados.

Plazos y presentación

  • Plazo: Las solicitudes se pueden presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.P.Z. y hasta el 31 de octubre de 2026, o hasta agotar el crédito disponible.
  • Procedimiento: La presentación debe realizarse de forma telemática a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • Concesión: Se trata de un procedimiento de concurrencia simplificada con prelación temporal (orden de llegada de solicitudes completas).

Para más información

UPTA Aragón te ofrece la ayuda que necesitas para poder gestionar estas subvenciones.

976 34 81 60

recepcion@upta-aragon.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar

Menú

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Al pulsar Acepto consiente dichas cookies. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, pulsando en Más información

Cerrar