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Autónomos y la declaración de la renta del ejercicio 2024

Todos los trabajadores autónomos están obligados a realizar la declaración de la renta.

Fechas clave:

  • La Declaración de la Renta 2024 se puede presentar desde el 02 de abril al 30 de junio de 2025.
  • 02 de abril: inicio del plazo para la presentación online y acceso al borrador.
  • 06 de mayo: comienza el plazo para la declaración por vía telefónica.
  • 02 de junio: apertura del periodo para la presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 25 de junio: último día para quienes tengan que ingresar con domiciliación bancaria.
  • 27 de junio: fecha límite para solicitar cita previa.
  • 30 de junio: cierre del plazo para la presentación de la Declaración de la Renta.
  • Se mantiene la posibilidad de fraccionar el pago sin intereses: un 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre de 2025.

Impresos y lugar de presentación

  • Impresos: el  modelo D-100 para realizar la Declaración de la Renta consta de: 1) Modelo 100: documento de ingreso o devolución del IRPF. 2) Modelo 102 para el pago en 2 plazos: documento de ingreso del segundo plazo de la declaración del IRPF.
  • Lugar de presentación: habitualmente vía telemática, telefónica o presencial. Para la presentación por Internet es necesario cumplimentar los impresos con el programa de la Agencia Tributaria Renta Web. También hay que disponer de número de referencia, firma electrónica, DNI electrónico o Pin 24 horas reconocidos por la Agencia Tributaria.
  • NOVEDAD: pago de la renta por Bizum o tarjeta de crédito/débito, además de los métodos habituales como la domiciliación bancaria o en código NRC.

Novedades

  • Aumenta la deducción por gastos de difícil justificación

En concreto, la deducción por gastos de difícil justificación se mantiene en el 7% sobre la cifra de negocio, hasta un límite de 2.000 euros. Nos encontramos, ante un aumento del porcentaje imputable en dos puntos que se mantiene respecto al ejercicio 2023. Esto se aplica a los autónomos que tributan por estimación directa simplificada (quedando excluidos módulos y actividades empresariales).

  • Aumenta el margen de deducción por aportaciones a planes de pensiones

Además, de cara a la Renta 2024 podrás deducir hasta 1.500 euros en concepto de aportaciones a planes de pensiones individuales, así como 4.250 euros adicionales por aportaciones a planes de pensiones de empleo simplificado de trabajadores autónomos (PPES). Por tanto, el autónomo puede desgravarse un total de 5.750 euros anuales.

  • Deflactación del IRPF autonómico 

Otra novedad importante que afecta a los autónomos es la deflactación de IRPF en algunas autonomías para paliar los efectos de la inflación. Es el caso de Aragón, Navarra, Comunidad de Madrid, País Vasco o Canarias. 

La subida del IPC (que fue del 3,8 % durante 2023) provocó que muchos autónomos experimentaran un incremento de costes y gastos, que se traduce en un aumento de precios. Esto puede provocar que el incremento de ingresos les lleve a tributar por tramos impositivos más altos de forma ficticia. Además, quienes no bajaron precios se enfrentan a una reducción de sus márgenes, lo que les lleva a tributar más proporcionalmente. 

Por último, ya de cara al IRPF 2024, el Ministerio de Hacienda y Función Pública rebaja al 5%, desde el 10 % anterior, la reducción sobre el rendimiento neto de módulos, en el marco del método de estimación objetiva del IRPF y del régimen simplificado del IVA por los que tributan muchos autónomos y pymes.

  • Desde este año, cualquier corrección en la declaración del IRPF se hará mediante una autoliquidación rectificativa. Este nuevo sistema sustituye a los modelos anteriores y permite modificar la declaración sin esperar a que Hacienda responda, agilizando el proceso.
  • Si vendiste en 2024 un vehículo o infraestructura que se benefició de amortización libre, debes tener en cuenta que parte de esa deducción se sumará como ingreso en tu Declaración de la Renta.

Tramos de IRPF que hay en 2024

  • Hasta 12.450 € de ganancias se aplica el 19 %
  • De 12.450 € a 20.200 €: el 24 %
  • De 20.200 € a 35.200 €: el 30 %
  • De 35.200 € a 60.000 €: el 37 %
  • De 60.000,01 € a 300.000 €: el 45 %
  • A partir de 300.000: el 47 %

   SE DEFLACTA EL IRPF DEL TRAMO AUTONÓMICO PERO NO EN TODAS LAS AUTONOMÍAS:   Las que lo van a aplicar son MADRID, NAVARRA, ARAGÓN Y PAÍS VASCO (puede que se unan más CCAA). Para Aragón:

  • Hasta 12.450 €: 9,50%
  • De 12.450 € a 20.200 €: 12,00%
  • De 20.200 € a 35.200 €: 15,00%
  • De 35.200 € a 60.000 €: 18,50%
  • Más de 60.000 €: 21,50%

A tener en cuenta…

Gastos deducibles generales

  • Todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos que estén vinculados a la actividad económica
  • Deben estar debidamente justificados mediante facturas y registrados en los libros contables

Gastos específicamente deducibles

a) Suministros de la vivienda habitual cuando se desarrolle la actividad en ella:

  • Deducible el 30% de los gastos de suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e internet) proporcional a los metros cuadrados dedicados a la actividad
  • Se requiere que una parte de la vivienda esté afecta a la actividad económica

b) Primas de seguro:

Primas de seguro de enfermedad del contribuyente y su familia:

  • Límite de 500€ por persona
  • 500€ por persona con discapacidad

c) Gastos de manutención:

  • Gastos en restauración y hostelería relacionados con la actividad
  • Deben abonarse por medios electrónicos
  • Sujetos a los límites establecidos para dietas y asignaciones de manutención

Cotizaciones a la Seguridad Social:

  • Son deducibles las cuotas del RETA
  • También las cotizaciones por los trabajadores contratados

Otros gastos deducibles:

  • Arrendamientos y cánones
  • Reparaciones y conservación
  • Servicios profesionales independientes
  • Transportes
  • Primas de seguros
  • Servicios bancarios
  • Publicidad y propaganda
  • Suministros
  • Gastos de formación profesional

El límite de deducción por Planes de Empleo para autónomos se establece en 2024 en 5.750€. Este total se puede componer con: 1.500,00€ de los planes individuales + 4.250,00€ de planes de empleo simplificado.

Para madres autónomas se contemplan deducciones de 1.200 € sobre la renta, que se pueden ampliar en 1.000 € por gastos de guardería.

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