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¿Eres autónomo y desarrollas software?

Subvenciones de apoyo al software libre dirigidas a microempresas y a trabajadores autónomos

Definición microempresa: Empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los dos millones de euros.

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Plazo

  • Del 30/06/2022 al 29/07/2022

Beneficiarios

  • Microempresas
  • Trabajadores autónomos

Objetivo

El objetivo de estas ayudas es la realización de desarrollos de software en código abierto. Estos deben liberarse, de acuerdo con alguno de los tipos de licencia existentes. El código fuente tiene que publicarse en un lugar accesible para que pueda consultarse de forma pública y abierta.

El objetivo de estas ayudas es la realización de desarrollos de software en código abierto. Dichos desarrollos consistirán en pequeñas aplicaciones completas, preferentemente para móviles o tabletas, instalación incluida, que tengan como base los datos abiertos ofrecidos en Aragón Open Data, y que utilicen como fuente de datos al menos uno de sus recursos.

Las actuaciones estarán disponibles en un repositorio público de software de fuentes abiertas (Github o similar) y deberá permanecer en dicho repositorio un tiempo mínimo de dos años una vez terminadas éstas.

Adicionalmente, en caso de tratarse de una aplicación para móviles estarán disponibles en un servicio de distribución de software (Play Store, App Store, etc) para su descarga.

Estas ayudas tienen la consideración de ayudas de minimis.

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Importe de la subvención

  • Se subvencionarán hasta 6.000 € por desarrollo (6.000 euros máximo por persona o entidad beneficiaria).

Requisitos

  • Ser una microempresa o trabajador/a autónomo cuyo objeto social o actividad corresponda al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
  • Ser una microempresa o trabajador/a autónomo con domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • no haber sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
  • No estar incursa en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas de esta Administración por infracciones previstas en las leyes de Aragón en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
  • No estar incurso en el cumplimiento de sanciones consistentes en la pérdida del derecho a obtener ayudas públicas por infracciones a la Ley de memoria democrática de Aragón.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Tributarias tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las actuaciones deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón o tener un impacto directo en Aragón.
  • No podrán concurrir a esta misma convocatoria los autónomos que sean empleados o socios en una empresa y dicha empresa, inadmitiéndose las solicitudes de ambos.
  • No se permite la subcontratación.

¿Qué documentación debo presentar?

  • Se debe presentar una MEMORIA TÉCNICA DE ACTUACIÓN con todos los apartados completos.
  • En la Memoria, se especificarán claramente las funcionalidades que va a ofrecer la aplicación, que se describirán de manera que permitan su verificación posterior y la comprobación de que la aplicación desarrollada ofrece todas ellas.

Normativa

¿Dudas? Contacta con la Asociación de Autónomos de Aragón-UPTA

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