Cautelas jurídicas: Seguros para el autónomo
Dentro de las cautelas que debe tener en cuenta un trabajador autónomo, en esta entrada os queremos comentar los 7 seguros mas comunes para el autónomo.
Los autónomos están incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y se les reconocen numerosas prestaciones tales como la asistencia sanitaria, la maternidad, paternidad, bajas, jubilación, … Aún así, muchos autónomos contratan un seguro privado para complementar estas prestaciones de la Seguridad Social.
Las compañías de seguros ofrecen protección del asegurado con seguros o coberturas más integrales para cualquier imprevisto que pueda surgir en el transcurso de su trabajo.
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Seguro sanitario
Este tipo de seguro privado sirve para complementar la asistencia sanitaria y las coberturas en caso de causar baja por contingencias profesionales, enfermedad, accidente laboral o incluso, cese de actividad. Son muy demandados los que ofrecen una prestación económica en caso de baja laboral.
Obviamente, el precio oscilará en función de las coberturas que quieras cubrir ya que puedes hacerte un seguro que solo te cubra temas relacionados con la actividad profesional o mas amplio y que incluya un seguro médico complementario a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Por otra parte, el precio también va a depender de las condiciones propias del seguro (edad, sexo, actividad, riesgo, lugar, …).
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Seguro de accidentes
Si la actividad profesional que desempeñas conlleva riesgos que aumentan la probabilidad de sufrir un accidente laboral a pesar de tomar las medidas oportunas y no te puedes permitir estar de baja laboral ya que implicaría una gran pérdida o la totalidad de los ingresos durante ese tiempo, este tipo de seguros intentan suplir esa carencia de ingresos a través de abonos por cada día que se esté de baja justificada y donde incluso, se llega a proteger a los familiares.
Son normales en este tipo de seguros encontrar claúsulas e indemnizaciones en caso de invalidez o muerte ocurrida en el desempeño de la actividad laboral y por ello, van muy ligados o sirven de complemento a los seguros de invalidez o al de baja laboral como veremos a continuación.
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Seguro de baja laboral
De todos es conocido el dicho de que los trabajadores autónomos no pueden permitirse estar de baja pero es cierto que a veces, cuando se tiene un accidente laboral o llega una enfermedad, no hay mas remedio que acogerse a una baja laboral o incapacidad laboral temporal. Para estas situaciones, existen los seguros de baja laboral que cubren las necesidades económicas en el periodo de tiempo en el que no se puede trabajar abonando una cantidad fija diaria mientras el trabajador está en situación reconocida de baja y no pueda efectuar su trabajo.
Dependiendo del seguro contratado, el precio variará en función de las coberturas contratadas ya que algunos incluyen hospitalización, especialistas…
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Seguro de invalidez
Un seguro de invalidez por ejemplo permanente y absoluta, es la que pretende ofrecer cobertura ante una situación en el que la persona no puede desarrollar cualquier actividad profesional por causas irreversibles y de carácter permanente. Debe estar reconocida oficialmente y únicamente por la Seguridad Social ya que es el único Órganismo con capacidad para reconocer una invalidez en España.
Este tipo de seguros ofrecen un capital asegurado por: invalidez permanente y absoluta, ya sea enfermedad (física o mental) o accidente. Existen excepciones, como es el caso de enfermedades que se tuvieran antes de entrar en la póliza, determinadas prácticas deportivas, hechos causados intencionadamente, efectos derivados de la radiación nuclear o la contaminación radioactiva… aunque habrá que considerar cada póliza, como en todos los casos, de forma particular.
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Seguro de responsabilidad civil
Aunque no se trate de un seguro obligatorio, hay casos y sectores que lo requieren (según convenio colectivo) para la contratación y/o subcontratación. Se trata de un seguro muy común y útil entre los autónomos ya que se evitan posibles riesgos como el de hacerse cargo de los gastos por daños derivados de algún siniestro.
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Seguro de vida
Un seguro de vida para el autónomo ofrece una cobertura para el trabajador y familia en caso de fallecimiento o de sufrir un accidente grave y verse imposibilitado en la realización del trabajo.
Existen diferentes tipos de seguros de vida, y las coberturas que ofrecen varían en función de lo contratado y la cuantía que pagues.
Muchos ofrecen coberturas complementarias como asistencia sanitaria o traslados a hospitales. En este tipo de seguros, en caso de fallecimiento, hay una determinación previa de los beneficiarios y la modalidad de pago que mas se ajuste a la situación que te haya quedado (mensual, trimestral, anual, …).
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Seguro de jubilación
Con este tipo de seguro, el objetivo final es generar un ahorro del que poder disponer en la jubilación para completar la pensión pública recibida.
Planificando tu jubilación, el ahorro se puede efectuar de diversas maneras existiendo varias vías para ello. La más habitual es la de ahorrar a través de un plan de pensiones (vehículo financiero de ahorro colectivo instrumentalizado en un fondo de pensiones) que te permitirá el ahorro a largo plazo y que además está incentivado fiscalmente a partir de las aportaciones realizadas.
El plan de pensiones es un producto de inversión y el plan de jubilación está basado en un seguro.
Para «sacar» el plan de pensiones, existen una serie de restricciones que deberás tener muy en cuenta como por ejemplo, estar jubilado pero existen otras opciones (siempre acreditadas) que permiten su rescate anticipado, como la incapacidad profesional, el desempleo o padecer una enfermedad grave…El plan de pensiones actúa invirtiendo en mercados financieros de mayor o menor riesgo, por lo que la rentabilidad del plan dependerá de ello. Las aportaciones al plan de pensiones ofrece la ventaja de que son fiscalmente incentivadas, algo que no ocurre en el caso del plan de jubilación ya que no es deducible (no desgrava) y además, a la hora de su rescate, solo tributaremos por los intereses que el plan haya generado gozando de una fiscalidad muy favorable en el momento del rescate, especialmente si lo percibimos en forma de rentas vitalicias.
En el caso del plan de jubilación, éste puede rescatarse en cualquier momento en función de las condiciones acordadas. Es posible que se aplique alguna penalización por incumplir los plazos. Por otra parte, el plan de jubilación es más conservador por lo que ofrece una rentabilidad mínima conocida de antemano.
Existen otros productos como los planes de previsión asegurados (similar al plan de pensiones pero son instrumentalizados en un seguro en lugar de en un fondo de pensiones), los Planes Individuales de Ahorro Sistemático, también conocidos como PIAS, los fondos de inversión o los seguros de ahorro, entre otros, que sirven también para canalizar tus ahorros.
Desde la Asociación de Autónomos de Aragón-UPTA recomendamos informarse previamente a la contratación del seguro, para conocer cuál es el que mejor se adapta a las necesidades particulares en cada caso.
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2 Comentarios. Dejar nuevo
Para el caso de los Seguros de Responsabilidad Civil Profesional, decir que nosotros mantenemos un sitio web (http://seguroresponsabilidadcivilprofesional.com/) que trata de desenmarañar toda la casuística que hay en este país alrededor de este tipo de seguros. No es que sean obligatorios o no (desde la Ley Omnibus no lo son… en principio) es que se trata de la velocidad con la que las Administraciones Autonómicas trasponen la normativa estatal a sus propias normas que afectan a actividades profesionales, licencias o los colegios profesionales
Perfecto, ¡muchas gracias por la información!