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La Seguridad Social comenzará a regular las cuotas de autónomos a partir del segundo semestre del año 2024
La Seguridad Social no comenzará a regularizar las cuotas de los autónomos y adaptarlas a sus ingresos reales hasta julio de 2024.
El nuevo sistema que entró en vigor el 1 de enero de 2023 requiere de una regularización por parte de la Seguridad Social uqe en principio esperará al verano del año 2024 para la adaptación de la cuota de los autónomos a sus ingresos reales. Se espera a la culminación de la campaña de la renta 2024 (fecha prevista 30 de junio) para poder conocer los rendimientos declarados del autónomo y será entonces cuando se pueda saber si el autónomo ha pagado cuotas por encima de sus ingresos declarados, coinciden o han sido por debajo.
En el primer caso, si se ha pagado cuotas por encima de los ingresos declarados, la Seguridad Social les propondrá devolvérselas, y en otros casos será al contrario: si sus rendimientos están por encima de las cuotas que deberían haber abonado, la Tesorería les exigirá la diferencia.
Recordamos que el incumplimiento de la obligación de las personas trabajadoras por cuenta propia de cotizar en función de sus rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas o profesionales, no eximirá de la regularización anual de las cuotas..
Pendiente queda cómo se va a notificar a los autónomos dicha regularización pero se prevé que la Tesorería notifique la regularización de las cuotas a los autónomos que estén cotizando más o menos de lo debido este año a través de NOTESS, el sistema de comunicación electrónica de la Seguridad Social, al tratarse de “un colectivo obligado a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos”.
Este procedimiento de regularización será idéntico durante los siguientes ejercicios. Así, la Tesorería procederá en el segundo semestre de 2025 a regularizar las cuotas de los autónomos que no estén adaptadas a sus rendimientos netos durante 2024.
En caso necesario, el trabajador autónomo puede acogerse al régimen general en materia de aplazamientos, dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en el que se establece un periodo de aplazamiento máximo de cinco años, siempre y cuando el autónomo acredite la falta de recursos para hacer frente a la deuda y abonando los intereses de demora correspondientes a la Administración. En el lado opuesto, la Tesorería ingresará el exceso de cotización en los meses posteriores a la resolución.
Tras el vencimiento del penúltimo plazo para adaptar sus cuotas a sus rendimientos netos, los autónomos sólo tienen una oportunidad más para realizar el cambio, de cara a los meses de noviembre y diciembre. El plazo para realizar el trámite terminará el próximo 31 de octubre 2023. Por el momento, la Tesorería no ha resuelto cuántos autónomos han cambiado ya sus cuotas para adaptarlas a su previsión por ingresos reales.
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