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Subvenciones para el fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados -PAMEJ- Convocatoria 2023

Programa de Fomento de la Contratación Estable y de Calidad de Jóvenes Cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes-PAMEJ-2021-2023.

Este Programa busca favorecer la mejora de la empleabilidad de jóvenes que sean contratados en empleos relacionados con su titulación universitaria, de formación profesional, o de formación para el empleo.

PERIODO EJECUTABLE

Podrán ser objeto de subvención, todos aquellos supuestos subvencionables previstos en el Capítulo II de la Orden EPE/695/2022, de 19 de mayo, que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre el 16 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

PLAZO DE SOLICITUD:

1. El plazo para la presentación de solicitudes de la subvención será de 15 días contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

2. En aquellos supuestos en que el contrato se haya formalizado en el período entre el 16 de octubre de 2022 y el día de entrada en vigor de la presente convocatoria, se contará el plazo de 15 días a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el B.O.A. (Desde el 16 de marzo de 2023 hasta el 05 de abril de 2023)

Cuadro Resumen Ayudas PAMEJ 2023

Dirigido a

  • Personas desempleadas con una edad igual o inferior a los 35 años que sean contratadas en empleos relacionados con dicha cualificación, con contratos por tiempo indefinido o en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

Requisitos

  • Requisitos de los jóvenes contratados en la fecha de inicio de contrato:
    • Tener una edad igual o inferior a 35 años
    • Tener una cualificación profesional en los términos siguientes:
      • Licenciado o diplomado universitario, ingeniero o ingeniero técnico, arquitecto o arquitecto técnico, o máster
      • Grado universitario
      • Técnico Ciclo formativo de Grado Medio (FP I) o Técnico Superior en un Ciclo formativo de Grado Superior (FP II) de Formación Profesional Reglada
      • Certificado de profesionalidad
      • Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores
      • Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores
  • Además, los jóvenes contratados deben cumplir las siguientes condiciones:
    • Figurar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las ofcinas del Instituto Aragonés de Empleo al menos desde el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio de la contratación
    • Figurar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón con carácter previo a la fecha de inicio del contrato subvencionado
  • Podrán ser objeto de subvención los siguientes contratos:
    • Contratos indefinidos iniciales
    • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de 12 meses de duración
    • Ambos deberán celebrarse a jornada completa
  • Resto de requisitos ver artículo 8 de la Orden EPE/695/2022 de 19 de mayo

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Contrato de trabajoFirmado por ambas partes. Se deberá recoger entre otras cláusulas lo siguiente: -Salario bruto a remunerar -Compromiso de facilitar formación de al menos 50 horas dentro de los seis primeros meses de vigencia del contrato
  • Certificado de EmpadronamientoAl menos, desde la fecha anterior a la de inicio del contrato
  • Información y consulta de datosDescargar modelo Información y consulta de datos
  • Documento de apoderamientoEn caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en:https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el supuesto de contratación de mujeres de víctimas de violencia de género:

  • Documentación que acredite la condición de víctima de violencia de género1º. Sentencia que confirme la evidencia de maltrato. 2º. Resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares para la protección de la víctima. 3º. Orden de protección acordada a favor de la víctima o, excepcionalmente, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios. 4º. Certificado emitido por el órgano competente acreditativo de que la beneficiaria está incorporada al Programa de Renta Activa de Inserción por su condición de víctima de la violencia de género.

En el caso de no haber aportado anteriormente las escrituras de constitución ante el INAEM:

  • Escrituras de constitución

Contacto y ayuda

Normativa

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