El Consejo de Ministros aprueba la prórroga de los ERTE hasta el 28 de febrero
El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga del sistema de protección de los Expedientes de Regulación Temporal del Empleo (ERTE) hasta el 28 de febrero de 2022, tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, los sindicatos CCOO y las asociaciones de empresarios CEOE y CEPYME.
Dos fases en la prórroga de los ERTE (la primera de ellas, automática).
El nuevo sistema es más complejo que el que se utilizó en las anteriores prórrogas, por lo que se han establecido dos periodos:
- Hasta el 31 de octubre se prorrogarán de forma automática los ERTE existentes en la última prórroga, que terminaba el 30 de septiembre.
- Desde el 1 de noviembre, entran en juego los nuevos ERTE, que se estarán vigentes hasta el 28 de febrero del próximo año para las empresas que decidan acogerse a ellos, que deberán solicitarlos a la autoridad laboral competente entre el 1 y el 15 de octubre.
La tramitación de los nuevos ERTE será simplificada. Las empresas deberán presentar el listado de horas o días de trabajo suspendidos o reducidos desde julio de 2021. Para el caso particular de los ERTE por razones económicas, técnicas organizativas o de producción, los llamados ERTE ETOP, aportarán el informe de la representación legal de las personas trabajadoras.
Se mantiene la simplificación de trámites para pasar de un ERTE de impedimento a uno de limitación y viceversa. Será suficiente una comunicación en tal sentido a la autoridad laboral y a la representación de las personas trabajadoras.
¿En qué consisten los nuevos ERTE que entrarán en vigor a partir del 1 de noviembre?
Protección para los trabajadores
En la nueva prórroga se mantiene el derecho de los trabajadores afectados por los ERTE que se acojan a este sistema, a recibir una prestación por desempleo por ERTE del 70% de su base reguladora, en las mismas condiciones con las que se ha venido cobrando hasta ahora: no se exigirá periodos mínimos de cotización previa.
También se mantienen los beneficios que estaban vigentes hasta ahora para las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial y la prestación extraordinaria para las personas fijas discontinuas.
Se prorroga el llamado “contador a cero en el consumo del paro, hasta el 31 de diciembre de 2022. Esto significa que a las personas que habiendo recibido una prestación por ERTE covid sean despedidas hasta el 31 de diciembre de 2022, no se les descontarán de sus cotizaciones por desempleo los días de paro que hayan consumido por el ERTE.
Medidas de acompañamiento para el mantenimiento del empleo
Se extienden las garantías de acuerdos anteriores:
- Se imponen límites al reparto de dividendos y el acceso a las ayudas a las empresas domiciliadas en paraísos fiscales.
- Se extiende la prohibición del despido durante el periodo de vigencia de la norma y también se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales para las personas acogidas a ERTE.
- El compromiso de mantenimiento del empleo contará con un nuevo periodo adicional de 6 meses.
- Las empresas acogidas a estos ERTE tendrán que respetar restricciones en el acceso a las horas extraordinarias y en las externalizaciones de la actividad.
- La norma también contempla prórroga del plan MECUIDA y de la prestación extraordinaria para los profesionales de las artes hasta el 28 de febrero de 2022.
Medidas en favor de las empresas
Se crea el modelo de ERTE de formación
El Gobierno va a facilitar mayor protección a las empresas que promuevan la formación de sus empleados, con dos medidas: subvencionando la mayor parte del coste de la formación y aplicando exoneraciones a las empresas que formen a sus trabajadores en ERTE.
a) Las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación para actividades formativas, en función de su tamaño:
- De 1 a 9 personas trabajadoras: 160 euros por persona
- De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 240 euros por persona
- De 50 o más personas: 320 euros por persona
b) Habrá mayores exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas que lleven a cabo:
- El esquema de exoneraciones entre noviembre y febrero distinguirá entre empresas de menos de10 trabajadores y aquellas con plantilla igual o superior a estos. Así, para las primeras, las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% si realizan acciones formativas y el 50% para el resto; si la empresa tiene 10 o más trabajadores, tendrá una exoneración del 80% si realiza acciones formativas, y del 40% en el resto de los casos.
- El número mínimo de horas de formación de cada persona será de 30, en las empresas de 10 a 49 trabajadores y de 40 a para las que tienen 50 o más. Y estas actividades deberán desarrollarse durante la jornada suspendida.
- Además, se mantienen los ERTE de impedimento, vinculados a las limitaciones de actividad. Las empresas en esa situación pasan a tener una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero.
NOTA: El Gobierno ha aprobado los ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma y en el conjunto de las Islas Canarias. Los trabajadores y trabajadoras tendrán protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.
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